“La intensión de este escrito es colectivizar lo sucedido en los intestinos del proceso judicial, con sus plazos, normas y discusiones. Aportar a resolver dudas, inquietudes, discusiones y etc…”
Arresto domiciliar, sobreseimiento, rechazo de evidencia, causas paralelas y destrucción de pruebas.
Mucho se ha dicho en los medios de desinformación masiva sobre lo que sucede en el proceso del “caso bombas“, se han llenado tal cantidad de páginas, se ha desperdiciado tal cantidad de tinta durante estos 9 meses ocultando, tergiversando y sobreexponiendo elementos leguleyos-policiales donde se evidencia lo único real: este es un juicio y un proceso político que busca castigar a quienes cuestionan el orden imperante.
El rol de la prensa ha sido claro antes de Agosto del 2010, durante el momento en que se desato la cacería y por supuesto después al colaborar en el castigo judicial y público hacia los compas y su entorno.
La intensión de este escrito es colectivizar lo sucedido en los intestinos del proceso judicial, con sus plazos, normas y discusiones. Aportar a resolver dudas, inquietudes, discusiones y etc. No somos ni pretendemos ser expertos jurídicos, pero trataremos de explicar algunos conceptos para comprender el coliseo legal en que el proceso se ve envuelto y por supuesto las artimañas y las formas en que la nueva inquisición se desarrolla. Querámoslo o no el terreno en que se desarrolla esto es el de las leyes.
Para entender distintas cosas puede ser de gran ayuda la acusación presentada por la fiscalía sur (se puede descargar en: http://www.mediafire.com/?0sactavc5zo8dyf ; http://www.hommodolars.org/web/IMG/doc/acusacion_caso_bombas.doc )
En términos estrictamente legales, la preparación del juicio oral es el momento donde se analiza la pertinencia de los elementos que llegaran al juicio oral, vale decir las evidencias, testigos, peritos que presento tanto la fiscalía y los querellantes como los que presentara la defensa.
Quien define la continuidad de evidencias, testigos y peritos es el juez de garantía del 8 tribunal: Luis Avilés. Esta etapa no tiene un limite de tiempo pero por la extensa acusación y la enorme cantidad de pruebas, testigos y peritos es probable que dure bastante tiempo, aun cuando se ha fijado un intenso horario para las audiencias (de lunes a sábado, de 9:00 a 16:00hrs aprox).
Se ha elegido la “sala emblemática” por la cantidad de fiscales, querellantes, abogados defensores, imputados y por supuesto para que la prensa tenga una visión privilegiada con palco especialmente diseñado para su presencia.
Una vez terminada esta etapa se desarrollara el juicio oral donde el T.O.P (Tribunal Oral en lo Penal) compuesto por tres jueces distintos a los de garantía, decidirán la sentencia del caso y el futuro de l@s compañer@s.
Del 2 al 7 de mayo.
El 2 de Mayo se inician las audiencias, durante los primeros días Andrea Urzúa, Mónica Caballero, Omar Hermosilla, Felipe Guerra y Francisco Solar seguían en prisión preventiva. El resto de compañer@s acudió desde sus medidas cautelares (arrestos domiciliares o firma quincenal): Candelaria, Cristian, Diego, Pablo, Vinicio, Rodolfo, Camilo y Carlos (recordar que Iván quedo bajo un procedimiento simplificado solo por porte ilegal de armas por la venta del revolver al compañero Mauricio Morales.). Por su parte el delirante colaborador -Gustavo Fuentes Aliaga- (Cumpliendo condena por el homicidio frustrado de su pareja) solicito no ir más a las audiencias.
Durante esta semana, de forma paulatina se fue revocando la prisión preventiva para el resto de l@s compas en prisión, quedando tod@s con arresto domiciliario total. Decisión que fue confirmada por la corte de apelaciones con una votación unánime 3 – 0 (excepcionalidad escrita en la constitución para delitos de carácter terrorista).
El arresto domiciliar se traduce en la prohibición de salir de sus casas y la posibilidad de acudir voluntariamente a las audiencias en los horarios fijados, la policía de la comisaria más cercana tiene la labor de ir a verificar a cualquier hora y cuantas veces quieran durante el día la permanencia del/la compa en su domicilio.
Se comienzan a estudiar las 6.740 evidencias, eliminándose muchas de estas simplemente por repetición. La fiscalía presenta una “queja formal” contra el Juez ya que este critico duramente el desorden de las evidencias en la acusación, la utilización de sentencias anteriores y los ambiguos argumentos para justificarlas.
Es en este contexto de eliminar condenas anteriores como pruebas y de no condenar dos veces por un mismo delito, que se acepta el sobreseimiento parcial de Cristian Cancino, toda vez que la principal prueba contra él para vincularlo con la fantasmagórica asociación, es una sentencia anterior por tenencia de pólvora. ( En mayo del 2009 como respuesta a la muerte del compa Mauricio Morales, la policía allana la casa okupa “La Idea” montando pólvora negra y deteniendo a Cristian, que tras permanecer varios meses en prisión mediante un juicio abreviado queda simplemente firmando). Cristian es sobreseído temporalmente de la causa.
Bajo el mismo argumento se ha eliminado la mayor parte de las evidencias de Andrea Urzúa respecto al inexistente traslado de TNT a Argentina e ingreso a la prisión de Neuquen, donde se encontraban secuestrados Marcelo Villarroel y Freddy Fuentevilla. Vale la pena recordar que Andrea quedo sobreseída en Argentina por aquella causa, pero los delirios de la represión criolla hacen reflotar cualquier supuesto para configurar sus fantasías.
Del 9 al 14 de Mayo.
Se siguen desechando las evidencias, en especial aquellas vinculadas con otras detonaciones. Recordar que se acusa de 29 colocaciones aun cuando para aumentar la espectacularidad de la acusación se incluyo todo lo que se pudo, el objetivo era sembrar el terror con la cuantiosa cantidad de pruebas, peritos, testigos y por supuesto de penas que se solicitan. La razón de Estado y la venganza contra quienes cuestionan el poder no admite lógica alguna, tanto así que se incluían evidencias de explosiones ocurridas aun cuando estaban todos en prisión. Hasta la fecha se han desechado aproximadamente 3.500 evidencias.
Se declara abandonada la querella del banco BBVA por no presentarse a la preparación de juicio oral. Sigue el ministerio del interior, el hotel Marriot, la iglesia de la Inmaculada Concepción, el Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Publico –fiscalía-.
Se denuncia y da a conocer la existencia de causas paralelas a la “causa bombas”, rol n 1001087230-3 la intención explícitamente era entorpecer a la defensa, de esta forma se crearon investigaciones con causas (Roles) paralelas por “lavado de dinero” y “financiamiento del terrorismo” con otros investigados, entre ellos las parejas, madres y familiares, para que así la fiscalía pudiese actuar aún más en secreto en lo que respecta a diligencias ocurridas con anterioridad hasta la fecha 28 octubre 2010.
Los tentáculos del poder y de la continua investigación policial hacen que todo sujeto sea sospechoso, que todos tengan que ser vigilados, sus conductas, sus palabras, sus dichos, sus pensamientos, sus movimientos. Las cientos de interceptaciones telefónicas, las innumerables fotografías, los masivos seguimientos, las indefinidas interceptaciones a los emails son pruebas de eso.
La defensa solicita algunas pruebas incautadas por la policía para realizar pericias, pero a la hora de ir a retirarlas a la fiscalía estas sencillamente no existen, han desaparecido o han sido destruidas. Ante la incertidumbre e irregularidad por la destrucción material de pruebas se solicita que la fiscalía de cuenta de la existencia física de las evidencias que presenta en la acusación. Este tema es complejo en lo que respecta a la perdida de ropas con supuestas trazas de explosivos.
A fines de esta semana se realizo una audiencia “Inédita” como la califico la prensa, donde se llevaron físicamente las evidencias solicitadas por la defensa, para corroborar su existencia material y una adecuada identificación.
Sesenta y ocho cajas forman el primer lote de evidencias que se muestran, aun sin discutirlas individualmente, sino solo comprobar su existencia que seguirá los primeros días de la siguiente semana.
Sobreseimiento de compas prófug@s.
Meses antes, en marzo la fiscalía sur decidió cerrar temporalmente la causa en contra del prófugo Diego Rios, decretando un sobreimiento temporal, el objetivo es evitar que la causa prescriba en su ausencia. Esta jugada busca mantener la orden de detención del compa, si es que llega a ser capturado por la policía la causa será reactivada en el acto. Misma situación corre la compañera Gabriela Curilem.
Info de la prensa, aquí.
El juicio político continua.
Aun cuando ningun@ de l@s compañer@s se encuentran en prisión y la mayoría esta en arresto domiciliario total, el desarrollo del caso continúa al igual que las amenazas de años de presidio ante una eventual sentencia.
Recordemos que este proceso no es solo hacia l@s sujet@s puntuales contra quienes la represión decidió dejarse caer o su entorno inmediato, es contra formas de vida e ideas de liberación que el poder no tolera y desea exterminar por todos los medios, no por su ilusoria participación en algún hecho.
¡Por el total derrumbe del “Caso Bombas”!